El Formulario 270 (o Declaración D-270) es una nueva herramienta informativa implementada por el Ministerio de Hacienda de Costa Rica a partir de enero de 2026.
- Manuel Rodríguez (Socio)

- 3 mar
- 3 Min. de lectura
Este formulario sustituye a la antigua declaración anual D-151 (Resumen de Clientes, Proveedores y Gastos Específicos) y trae consigo un cambio fundamental en la forma y frecuencia de reportar datos a la Administración Tributaria.

1. ¿Para qué sirve?
Su objetivo es que el contribuyente informe a Hacienda sobre las transacciones (compras o ventas) realizadas con clientes o proveedores que no cuentan con un comprobante electrónico (factura electrónica, tiquete electrónico, etc.).
Esto permite a la Dirección General de Tributación cruzar información y mantener el control sobre gastos que, por su naturaleza, no generan un rastro digital automático en sus sistemas.
2. ¿Quiénes están obligados a presentarlo?
Deben presentarlo todas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que realicen actividades económicas y que tengan transacciones sin respaldo de factura electrónica, incluyendo:
Contribuyentes del Régimen Tradicional y Régimen Simplificado.
Organizaciones no gubernamentales (ONG), asociaciones y fundaciones.
Entidades públicas.
3. Principales cambios (D-151 vs. D-270)
Característica | Antiguo (D-151) | Nuevo (D-270) |
Periodicidad | Anual | Mensual |
Plazo | Primeros 10 días de enero | Primeros 10 días naturales de cada mes |
Plataforma | Declara7 / EDDI | Portal TRIBU-CR |
Contenido | Resumen de todo el año | Resumen de transacciones del mes anterior |
4. ¿Qué información se reporta?
El Formulario D-270 es como un "radar" que Hacienda usa para ver el dinero que se mueve fuera del sistema de factura electrónica.
Debes reportar cualquier transacción (compra o venta) que supere los límites establecidos (generalmente si el acumulado con esa persona es relevante) y que no tenga una factura electrónica validada por Hacienda.
Aquí tienes ejemplos claros divididos por los códigos que usa el formulario:
1. Compras y Gastos (Código C, SP, A, I, M)
Este es el uso más común. Debes reportar pagos realizados a:
Servicios Profesionales (SP): Pagaste a un contador, abogado o diseñador que está en el Régimen Simplificado (ellos no emiten factura electrónica, sino comprobantes físicos o autorizados).
Alquileres (A): Pagas el alquiler de tu local o oficina a una persona que no emite factura electrónica (por ejemplo, alguien que no está obligado por el tipo de régimen).
Intereses (I): Pagos de intereses por préstamos a personas físicas o entidades que no envían factura electrónica por ese concepto.
Comisiones (M): Comisiones bancarias (algunas entidades no emiten factura electrónica por cada comisión individual) o comisiones pagadas a terceros.
Compras a Pequeños Productores (C): Si le compras materia prima a un agricultor de feria o pequeño productor que no usa sistema electrónico.
2. Ventas (Código V)
Debes reportar las ventas que realizas a clientes que:
No te piden factura: Ventas a personas que no están inscritas en Hacienda o que no requieren el comprobante electrónico para sus gastos.
Régimen Simplificado: Si tú estás en este régimen, aunque no emitas factura electrónica, debes informar a quiénes les vendiste si el monto es significativo.
3. Casos Especiales
Transacciones con el Estado: Ventas al Gobierno o instituciones públicas donde el proceso de facturación tiene condiciones especiales.
Pagos con Tarjeta: Aunque el voucher es un respaldo, si la transacción no generó una factura electrónica "espejo", debe informarse aquí.
¿Qué NO se reporta?
Todo lo que ya tiene Factura Electrónica: Si compraste en el supermercado o pagaste la luz y te dieron factura electrónica, no lo pongas en el D-270. Hacienda ya sabe esa información.
Importaciones: Las compras hechas fuera del país se respaldan con el DUA (Documento Único Aduanero), no van en este formulario.
Salarios: Estos se reportan en la planilla de la CCSS y en el formulario de retenciones (D-103), no aquí.
Resumen para tu control mensual:
"Si gasté plata en algo para mi negocio y el proveedor no me mandó un XML al correo, casi con seguridad tengo que meterlo en el D-270 del mes siguiente".
Nota importante: Si todas tus operaciones están respaldadas por facturas electrónicas debidamente aceptadas, generalmente no tendrías movimientos que reportar en este formulario, pero es vital verificarlo con tu contador para evitar multas por omisión.
En Proactiva MRF & Asociados le podemos ayudar con mucho gusto. Nos puede contactar a info@proactivacrc.com





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