Tres pagos vencen el 30 de setiembre y es importante estar pendiente

El próximo 30 de setiembre será una fecha que los contribuyentes, propietarios de inmuebles y personas que desarrollan actividades comerciales deben tener presente, debido a que vence el segundo pago parcial del Impuesto sobre la Renta correspondiente al periodo fiscal 2026.
A este compromiso tributario se suman pagos municipales que también tienen como fecha límite el último día de setiembre. Sin embargo, en el caso de las patentes y del impuesto sobre bienes inmuebles, el calendario puede variar de una municipalidad a otra.
Respecto al segundo pago parcial del Impuesto sobre las utilidades el Ministerio de Hacienda establece que estos pagos son adelantos obligatorios del impuesto que finalmente debe determinarse mediante la declaración anual.
Para los contribuyentes con el periodo fiscal ordinario, el segundo pago parcial corresponde al noveno mes después del inicio del periodo fiscal y tiene como fecha de vencimiento el último día hábil de setiembre. El tercer pago parcial se realiza en diciembre. Los contribuyentes con periodos fiscales especiales deben ajustar las fechas a su propio cierre fiscal.
El monto de estos adelantos no se determina simplemente con base en las ganancias obtenidas durante los meses transcurridos del año. Hacienda utiliza como referencia los impuestos determinados en las declaraciones de los tres periodos fiscales anteriores.
Para establecer la cuota, se calcula el promedio de esos tres periodos y se compara con el impuesto determinado en el año inmediato anterior. Se toma el monto que corresponda según las reglas establecidas por la Administración Tributaria y, posteriormente, se aplica el porcentaje previsto para determinar el pago parcial.
El pago de las patentes municipales corresponde a las personas físicas o jurídicas que desarrollan actividades lucrativas y cuentan con una autorización municipal para operar.
El calendario de pago es definido por cada gobierno local, por lo que no todos los patentados del país necesariamente tienen el mismo vencimiento.
Y finalmente los propietarios de terrenos, casas, locales comerciales y otras propiedades también deben prestar atención al calendario municipal correspondiente al impuesto sobre bienes inmuebles.
Para el pago de cualquiera de estas obligaciones, así como el cálculo de los impuestos y otros servicios contables Proactiva MRF & Asociados está a la orden.


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