Formulario para pago de impuesto TEC para personas jurídicas inactivas ya está disponible
- Jarmon Noguera González
- hace 6 horas
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El próximo 31 de marzo se vence el plazo para que todas las sociedades mercantiles y subsidiarias de una sociedad extranjera inscritas en la Sección Mercantil del Registro Público de la Propiedad, paguen sin recargo e intereses el impuesto del timbre de educación y cultura (TEC).
En el caso de las personas jurídicas inactivas ya La Administración Tributaria puso a disposición el formulario “184-Formulario de pago TEC personas jurídicas inactivas, RTS y Rentas Capital”, en la Oficina Virtual (OVI), “Declaraciones eventuales”, para que realicen la respectiva declaración.
El monto de este impuesto se determina con base en el capital social de la
sociedad al cierre de cada periodo fiscal, según el monto declarado en
el formulario D-102 impuesto a las utilidades, del periodo 2025.

Los métodos a disposición para poder realizar el pago son:
Débito en Tiempo Real (DTR) disponible en la Oficina Virtual OVi de TRIBU-CR.
Ventanillas de los bancos BCR y BAC San José.
Es importante tener presente que para este tributo no aplica ningún tipo de compensación.





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