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Hacienda concede prórroga de factura electrónica solo a casos justificados

  • Foto del escritor: Manuel Rodríguez (Socio)
    Manuel Rodríguez (Socio)
  • hace 18 minutos
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Este plazo extraordinario solamente se concederá a las empresas que lo soliciten a través de la Administración Tributaria.
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Comunicación Proactiva MRF y Asociados


El Ministerio de Hacienda anunció una prórroga en la implementación en la facturación 4.4, que entrará en vigor el próximo 1 de septiembre. Eso sí, solamente aplicará para casos especiales que presenten justificaciones válidas.


Este plazo extraordinario solamente se concederá a las empresas que lo soliciten a través de la Administración Tributaria.



¿Cómo solicitarlo?


Hacienda por medio de un comunicado de prensa informó que, las empresas que requieran esta prórroga por razones "debidamente justificadas y demostradas" , deberán hacerlo por medio de su representante legal o autorizado. Esto a través del sistema Trámites Virtuales (TRAVI).


Una vez en el sistema, se debe seleccionar la opción "solicitud de prórroga para uso de la versión 4.3 CE". Ahora bien, el 2 de septiembre, la lista con todas las empresas autorizadas será publicado en la página web del Ministerio de Hacienda.



¿Aplicará para todos los contribuyentes?


Este plazo adicional, no aplicará para todos. Quienes no soliciten la prórroga o no tengan la autorización, la entrada en vigor de la versión 4.4 se mantendrá para el 1 de septiembre.


En el comunicado también aclaran un punto importante sobre los usuarios que usan la herramienta gratuita del Sistema de de Administración Tributaria Virtual (ATV), quienes podrán seguir emitiendo comprobantes electrónicos con normalidad hasta el cambio a Tico Factura. La cuál será una nueva herramienta disponible en el sistema Tribu-CR a partir del 6 de octubre.

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