Trabajadores independientes pueden deducir 25% de ingresos de renta
- Jarmon Noguera González
- hace 6 días
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Gracias a una reforma de ley, con la llegada del 2026, los trabajadores independientes tienen la posibilidad de deducir el 25% de los ingresos sin comprobantes para el pago del Impuesto de la Renta.
Específicamente esto se debe a la reforma aprobada por la Asamblea Legislativa del inciso s) del artículo 8 de la Ley 7092, Ley del Impuesto sobre la Renta.
Es así como ya no solo las personas físicas que presten sus servicios profesionales y técnicos, sino que cualquier otro sujeto pasivo que preste servicios personales (carpinteros, estilistas, fontaneros y otros) sin que medie relación de dependencia con sus clientes y, también para agentes vendedores, agentes comisionistas y agentes de seguros; se permitirá que los trabajadores independientes puedan deducir los gastos necesarios para producir sus ingresos gravables.
La otra opción es que pueden acogerse a una deducción única, sin necesidad de prueba alguna, del 25% de los ingresos brutos gravables en el Impuesto de Renta de utilidad, según corresponda.
Dunia Zamora, presidenta del Colegio de Contadores Públicos explicó que esta reforma genera dos opciones para tributar en el Impuesto de Renta de Utilidades:
“La primera consiste en deducir los gastos útiles, necesarios y pertinentes para producir los ingresos gravables, siempre que estén debidamente respaldados con comprobantes y cumplan con las normas generales de deducibilidad. La segunda opción permite acogerse a una deducción única del 25% de los ingresos brutos de la actividad, según corresponda, sin necesidad de presentar comprobantes. Esta alternativa busca simplificar el cumplimiento tributario, especialmente para contribuyentes con estructuras de gastos difíciles de documentar”.
Eso sí es importante tener claro que no es posible combinar ambas opciones, el contribuyente debe de elegir una.





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