Este jueves vence plazo para pago de impuesto a viviendas de lujo
- Jarmon Noguera González
- 12 ene
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Este jueves 15 de enero es el último día para presentar y pagar, sin recargo, el monto correspondiente del Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de los Programas de Vivienda.
El Ministerio de Hacienda informó que este deben de pagarlo las personas que cuenten con propiedades de uso habitacional, ocasional o de recreo, cuyo valor de la construcción y de las instalaciones fijas y permanentes supere los ¢143 millones.
Cabe señalar que el monto a pagar se actualiza con base en el Índice de Precios al Consumidor que calcula el Instituto Nacional de Estadística y Censo.
Para realizar el pago se debe de presentar la declaración cada tres años en la Oficina Virtual OVi de TRIBU-CR y el pago se efectúa anualmente en la misma Oficina Virtual.
Si la persona adquirió su casa en el 2025, y el valor se encuentra sujeto al pago del impuesto, debe presentar el formulario D-174 Declaración Jurada del Impuesto Solidario, que se encuentra en OVi.
Para calcular el impuesto se debe aplicar los siguientes tramos:
Valor | Tarifa |
Hasta ¢359.000.000 | 0,25% |
Sobre el exceso de ¢359.000.000 y hasta ¢720.000.000 | 0,30% |
Sobre el exceso de ¢720.000.000 y hasta ¢1.081.000.000 | 0,35% |
Sobre el exceso de ¢1.081.000.000 y hasta ¢1.443.000.000 | 0,40% |
Sobre el exceso de ¢1.443.000.000 y hasta ¢1.800.000.000 | 0,45% |
Sobre el exceso de ¢1.800.000.000 y hasta ¢2.162.000.000 | 0,50% |
Sobre el exceso de ¢2.162.000.000 | 0,55% |
Para facilitar el pago de este impuesto, la Administración Tributaria pone a disposición los siguientes
medios:
- Servicio en línea, con solo digitar una cuenta IBAN en la OVi (Oficina Virtual de TRIBU-CR).
- Atención en las ventanillas de todas las sucursales del Banco de Costa Rica (BCR) y del Banco BAC.
Quienes no cumplan con la declaración y pago en tiempo de este impuesto se exponen a las sanciones que se encuentran en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Para acceder a más información ingrese a la página web del Ministerio de Hacienda www.hacienda.go.cr, Oficina Virtual (OVi), “Información de impuestos administrados por la DGT”.





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